Por la reforma de la Ley Orgánica de Municipios, pasarán de tener 20 a 24 legisladores locales. Es debido al aumento poblacional. Morón, La Matanza, Merlo y Tres de Febrero ya tenían ese número, el máximo que permite la norma.
Ituzaingó y Hurlingham tendrán 24 concejales, en lugar de los 20 que tienen actualmente. A partir de ahora, ambos municipios elegirán 12 concejales en cada turno electoral, por lo que entre 2013 y 2015 tendrán 22 ediles, y en 2015 recién quedará conformado el cuerpo con sus 24 miembros.
La reforma de la Ley Orgánica de Municipios fue aprobada por unanimidad, ya que se trata de una actualización del número de concejales vinculada a la población relevada en el Censo del año pasado.
La novedad del proyecto del diputado provincial por el Frente para la Victoria, Ricardo Montesanti, radica en que la mecánica para actualizar el número de concejales de cada partido se realizará en forma automática después de cada censo poblacional.
"Hasta ahora era necesaria la aprobación de una ley especial para tal modificación" destacó, y recordó que el artículo 191 de la Constitución provincial establece que el número de miembros del departamento deliberativo se fijará en relación a la población del distrito.
Montesanti explicó que para aumentar el número de bancas en los parlamentos locales a raíz de la flamante norma se incorporará la mitad de los nuevos ediles en la primera elección después del censo y la otra mitad en los comicios siguientes.
"El mismo procedimiento, pero en forma inversa, se empleará para reducir el número de bancas en caso de que el municipio haya perdido habitantes por distintos motivos, como por su fraccionamiento, por ejemplo", sostuvo.
El legislador de Baradero fundamentó la ley, que en rigor abarca a los 135 municipios de la provincia de Buenos Aires, en la necesidad de adoptar "un sistema flexible para la composición de los concejos deliberantes, perfeccionando la técnica legislativa de nuestra ley municipal".
La norma también suma cuatro miembros a los Concejos Deliberantes de Escobar, Esteban Echeverría, Florencio Varela, General Rodríguez, José C. Paz, Marcos Paz, Moreno y Pilar. Por su parte, Berisso, Presidente Perón y San Vicente tendrán dos ediles más.
La norma sustituye el artículo 284 del Capítulo XV de las Disposiciones Complementarias del Decreto-Ley 6.769/58 y modificatorias de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Establece los nombres de los 135 municipios bonaerenses de acuerdo a la cantidad de habitantes y señala taxativamente el número de bancas de cada uno de sus concejos deliberantes.